Cuando se tiene en propiedad un animal se adquieren responsabilidades y obligaciones tanto tú como con terceros. Su cuidado y los daños materiales y personales que pueda causar deben tenerse muy en cuenta a la hora de comprar o adoptar un perro, pero también un gato o un caballo. Este último, debido a su tamaño y valor económico, pueden conllevar mayores gastos de asistencia veterinaria, y si se descontrolan, pueden ocasionar daños por un elevado valor económico.
Aunque la legislación no exige la obligatoriedad de su contratación, el Código Civil, en su artículo 1905, indica que “el poseedor de un animal, o el que se sirve de él, es responsable de los perjuicios que causare, aunque se le escape o extravíe. Sólo cesará esta responsabilidad en el caso de que el daño proviniera de fuerza mayor o de culpa del que lo hubiese sufrido”.
Teniendo en cuenta el importe tan elevado al que puede tener que hacer frente su propietario si el animal provoca daños materiales o personales a un tercero que se los reclame, se trata de una póliza prácticamente imprescindible si eres propietario de un caballo.
La cobertura de Responsabilidad Civil (R.C.) protege al dueño del caballo frente a las posibles consecuencias (personales y materiales) que puede ocasionar el caballo a tercros. Es decir, que la aseguradora se hace cargo de la cuantía que se puede exigir al asegurado (como propietario) por los daños que cause el animal.
Tenemos que tener en cuenta que la cobertura de Responsabilidad Civil protege de las reclamaciones por daños a terceros, aunque la persona que va cabalgando sobre el animal no se considera como tal. Por lo tanto, para asegurar al jinete es necesario optar por otro tipo de pólizas.
Si contratas tu seguro de Responsabilidad Civil de caballos a través de SEGUROSGANADEROS.COM (Multicía Correduría de Seguros, SL), te beneficiarás de la experiencia de más de 30 años al servicio de la mediación y de los precios competitivos que sólo una empresa con gran capacidad negociadora puede ofrecerte.
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El coste del seguro varía en función de las coberturas que quieras contratar. Además del capital de Responsabilidad Civil obligatoria, puede contratarse una u otra opción con mayor o menor capital de Responsabilidad Civil.
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